jueves, 21 de agosto de 2025
Puntos De Retorno
PUNTO-1, Bº JUSLIBOL: c/ Alfocea con c/ Alta (sentido Galacho Juslibol).
PUNTO 2- POR LA CARRETERA DE HUESCA: pasado acceso Barrio de San Gregorio por calle Jesús y María
PUNTO 3- BARRIO DE SAN GREGORIO: Avd. San Gregorio - Hospital Royo Villanova
PUNTO 4- CAMINO DE COGULLADA: Pasado Monasterio Cogullada (Sentido S.J.Mozarrifar).
PUNTO 5- SANTA ISABEL: Z-40 justo después de pasar por debajo de la A-2
PUNTO 6- SANTA ISABEL: Acceso a la A-2 en la rotonda de Av. Real Zaragoza
PUNTO 7- Av de Montañana después del puente de la A-2 y del acceso a la A-2
PUNTO 8- Accesos a la A-2 en la Carretera de Villamayor
PUNTO 9- Rotondas de conexión con la Carretera de Barcelona en la variante sur de Santa Isabel
PUNTO 10- Entrada a carretera de Movera-Pastriz en rotonda variante sur de Sata Isabel
PUNTO 11- Camino la Raya – Stadium Las Fuentes
PUNTO 12- Carretera de Castellón en Rotonda debajo de la Z40
PUNTO 13- Camino de En Medio – Canal Imperial de Aragón
PUNTO 14- Camino de San Antonio – Tanatorio privado
PUNTO 15- Canal Imperial de Aragón – Urbanización Pinarcanal
PUNTO 16- Camino Tiro de la Bola – Campo de Rugby
PUNTO 17- Camino Fuente de la Junquera – Camino de Alfaz
PUNTO 18- Avenida Casablanca – Carretera de Valencia
PUNTO 19- Autovía A-23 – Línea del AVE
PUNTO 20- A-2 con Z-40 Plaza, Feria de Muestras
PUNTO 21- Carretera del Aeropuerto – Camino del Pilón
PUNTO 22- Autovía Logroño pasado enlace con A-2
PUNTO 23- A-68 enlace con la A-2
PUNTO 24- Camino Monzalbarba – Entrada Parque Deportivo Ebro
PUNTO 25- Camino Arcosur bajo la rotonda de la Z-40
Reglamento Municipal del Servicio Urbano de Taxi de Zaragoza
El taxi es un servicio de interés público.
Qué son SERVICIOS DE TAXI: son un transporte público, de viajeros con vehículos de turismo con una capacidad de plazas fijadas por la Ley, que se efectúa por cuenta ajena mediante el pago de un precio.
miércoles, 20 de agosto de 2025
ASPECTOS DEL REGLAMENTO IMPORTANTES EN LOS SUPUESTOS PRÁCTICOS
ART. 53
El conductor del taxi está obligado a proporcionar al cliente cambio de moneda hasta la cantidad de 20 euros. Si tuviera que abandonar el vehículo para obtener cambio para una cantidad no superior a la citada, deberá detener el taxímetro.
Si el usuario entregase una cantidad que supusiera devolver más de 20 euros, será su obligación conseguir el cambio y durante el tiempo invertido podrá funcionar el taxímetro.
ART. 56
No se podrá fumar en el interior del taxi, debiendo llevar en el interior del mismo un cartel indicador de tal prohibición. Esta prohibición incluye la utilización de cigarrillos electrónicos o dispositivos similares.
Los taxis adaptados darán servicio preferente a las personas con movilidad reducida, pero no tendrán ese uso exclusivo. Los conductores serán los responsables de la colocación de los anclajes y cinturones de seguridad.
Los conductores de taxis cuando estén de servicio. Asimismo, cuando circulen en tráfico urbano o áreas urbanas de grandes ciudades, podrán transportar a personas cuya estatura no alcance los 135 centímetros sin utilizar un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso, siempre que ocupen un asiento trasero.
Cuando se autorice en un vehículo la instalación de mampara de seguridad de separación entre el conductor y los viajeros, la capacidad del vehículo podrá reducirse en una plaza.
El conductor solo podrá negarse a realizar un servicio...
El usuario tiene derecho a escoger las condiciones de confort: calefacción, aire acondicionado, cierre o apertura de los cristales de las ventanillas de los pasajeros, el volumen de la radio, y demás aparatos de imagen o sonido instalados en el vehículo, y el encendido de la luz interior.
ART. 41
El usuario tiene derecho a introducir en el vehículo un perro-guía o perro asistencial. Quedan exentos de esta obligación aquellos conductores que puedan acreditar, mediante certificado médico, alergia a a los animales.
Durante la prestación del servicio los conductores deberán ir provistos de la siguiente documentación:
El conductor del taxi está obligado a proporcionar al cliente cambio de moneda hasta la cantidad de 20 euros. Si tuviera que abandonar el vehículo para obtener cambio para una cantidad no superior a la citada, deberá detener el taxímetro.
Si el usuario entregase una cantidad que supusiera devolver más de 20 euros, será su obligación conseguir el cambio y durante el tiempo invertido podrá funcionar el taxímetro.
ART. 56
No se podrá fumar en el interior del taxi, debiendo llevar en el interior del mismo un cartel indicador de tal prohibición. Esta prohibición incluye la utilización de cigarrillos electrónicos o dispositivos similares.
Los taxis adaptados darán servicio preferente a las personas con movilidad reducida, pero no tendrán ese uso exclusivo. Los conductores serán los responsables de la colocación de los anclajes y cinturones de seguridad.
Los conductores de taxis cuando estén de servicio. Asimismo, cuando circulen en tráfico urbano o áreas urbanas de grandes ciudades, podrán transportar a personas cuya estatura no alcance los 135 centímetros sin utilizar un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso, siempre que ocupen un asiento trasero.
Cuando se autorice en un vehículo la instalación de mampara de seguridad de separación entre el conductor y los viajeros, la capacidad del vehículo podrá reducirse en una plaza.
El conductor solo podrá negarse a realizar un servicio...
- Cuando el solicitante del servicio fuera perseguido por la Policía.
- Si el solicitante acaba de cometer un delito, o si el servicio es solicitado para finalidades ilícitas.
- Cuando fuera requerido para transportar un número de personas superior al de las plazas autorizadas para el vehículo.
- Cuando cualquiera de los viajeros se encuentre en estado de embriaguez, excepto en los casos de peligro grave e inminente para su vida.
- Cuando el atuendo de los viajeros, o los bultos, equipajes o animales que lleven consigo, puedan causar daños en el interior del vehículo (excepto los perros guía).
- Cuando sea requerido para prestar servicio por vías intransitables.
El usuario tiene derecho a escoger las condiciones de confort: calefacción, aire acondicionado, cierre o apertura de los cristales de las ventanillas de los pasajeros, el volumen de la radio, y demás aparatos de imagen o sonido instalados en el vehículo, y el encendido de la luz interior.
ART. 41
El usuario tiene derecho a introducir en el vehículo un perro-guía o perro asistencial. Quedan exentos de esta obligación aquellos conductores que puedan acreditar, mediante certificado médico, alergia a a los animales.
Durante la prestación del servicio los conductores deberán ir provistos de la siguiente documentación:
- La licencia municipal de taxi.
- Permiso de conducción de la clase B o equivalente.
- El permiso municipal de conductor.
- El permiso de circulación del vehículo.
- Tarjeta de ITV en vigor.
- Hojas de reclamaciones según el modelo oficial aprobado.
- Talonario de recibos autorizado por el Ayuntamiento.
- Un ejemplar de este Reglamento
- El cuadro de tarifas aplicable al servicio, en un lugar visible desde el interior del vehículo.
- Plano callejero de la ciudad, físico o digital.
- Certificado de desinfección del vehículo.
- El boletín de identificación y control metrológico del aparato taxímetro,
- La viñeta de descansos.
En caso de accidente o avería u otra causa que haga imposible continuar prestando el servicio contratado, el viajero deberá abonar el importe que figure en el taxímetro descontando la cantidad correspondiente a la bajada de bandera.
Cuando los viajeros abandonen transitoriamente el taxi y soliciten del conductor que espere su regreso, este podrá recabar de los usuarios el importe del recorrido efectuado más media hora de espera en zona urbana y una hora fuera de ella, transcurrida la cual podrán considerarse desvinculados del servicio.
Cuando la espera sea pedida en lugares en los que el estacionamiento sea de duración limitada, el conductor podrá reclamar del viajero el importe total del servicio efectuado, sin obligación de continuar la prestación del mismo.
Si el conductor olvidara poner en funcionamiento el taxímetro al iniciar un servicio, no se cobrará lo que se ha recorrido a menos que el pasajero libremente esté dispuesto a abonar la cantidad que de común acuerdo convengan.
ANILLO DE 17 KM
Cuando los viajeros abandonen transitoriamente el taxi y soliciten del conductor que espere su regreso, este podrá recabar de los usuarios el importe del recorrido efectuado más media hora de espera en zona urbana y una hora fuera de ella, transcurrida la cual podrán considerarse desvinculados del servicio.
Cuando la espera sea pedida en lugares en los que el estacionamiento sea de duración limitada, el conductor podrá reclamar del viajero el importe total del servicio efectuado, sin obligación de continuar la prestación del mismo.
Si el conductor olvidara poner en funcionamiento el taxímetro al iniciar un servicio, no se cobrará lo que se ha recorrido a menos que el pasajero libremente esté dispuesto a abonar la cantidad que de común acuerdo convengan.
ANILLO DE 17 KM
- Si el destino se encuentra dentro de esta distancia, cambiaremos a tarifas urbanas o interurbanas (tarifa 1, 2, 3 ó 4) y aplicaremos los complementos correspondientes.
- Si el destino se encuentra a más de 17 km, aplicaremos desde el punto de origen hasta el punto de destino, la tarifa interurbana que corresponda (tarifa 3 ó 4) y no aplicaremos suplemento alguno.
domingo, 10 de agosto de 2025
sábado, 9 de agosto de 2025
viernes, 8 de agosto de 2025
jueves, 7 de agosto de 2025
miércoles, 6 de agosto de 2025
martes, 5 de agosto de 2025
lunes, 4 de agosto de 2025
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PUNTO-1, Bº JUSLIBOL: c/ Alfocea con c/ Alta (sentido Galacho Juslibol). PUNTO 2- POR LA CARRETERA DE HUESCA: pasado acceso Barrio de San G...